PRIMERO MIX CONVI PAT

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Partimos de un IES de las siguientes características: Alumnado: 600. Profesorado: 50, 40% sin destino definitivo. Grupos: tres grupos de primero, segundo y tercero. Dos cuartos, dos bachilleratos por nivel (uno de cada modalidad). Una FPB de la familia de restauración. Medidas PAM: PMAR de 3º, PR4, convivencia: aula de convivencia y equipo de mediación. El equipo docente de dos grupos de primero hacen una reflexión durante la evaluación del primer trimestre ante el comportamiento del alumnado de dichos grupos. Según el profesorado con mucha frecuencia ocurren las siguientes situaciones (los datos OBJETIVOS son dados por la Comisión de Convivencia éstos dos grupos han recogido muchas sanciones por conductas contrarias a la convivencia): §

Los alumnos están en el pasillo cuando llega el profesorado y éste tiene que perder diez minutos en reconducirles al aula.

§

Hay un grupo de tres a seis alumnos que llegan entre 10 y 15 minutos tarde cada día después del recreo, alegando que no encontraban el aula.

§

Un 30% del alumnado hace un mal uso de la agenda y no trae los deberes.

§

Actitudes desafiantes al profesorado y faltas de respecto a través del gesto o el insulto verbal.

§

Daños puntuales a la puerta del aula y a dos mesas. También se han forzado 7 taquillas a lo largo del curso y han desaparecido objetos de pequeño valor del alumnado durante los recreos.

§

Se ha dado un caso de suplantación de identidad de un alumno a otro a través de una red social, utilizando dicho perfil para mofarse del compañero en varias ocasiones durante el curso. Generando una situación de indefensión ante el alumno agredido que lo ha ocultado durante todo el curso hasta que una compañera lo ha notificado a sus padres y éstos al instituto.

§

Se han producido peleas verbales entre diferentes grupos de chicos y chicas en varias situaciones durante el curso. No hay cohesión dentro de éstos grupos. Se solicita asesoramiento del departamento de orientación para colaborar en la mejora de la convivencia del centro y revisar el PAT de primero para incluir medidas de convivencia con carácter urgente.



INTRODUCCIÓN: El supuesto práctico que se nos plantea se encuentra dentro de la acción tutorial-convivencia. Aún así, está muy relacionado con la atención a la diversidad/inclusión educativa respondiendo al ámbito de apoyo al proceso de enseñanza aprendizaje e inclusión educativa. El esquema que seguiremos a cabo para resolverlo será el siguiente:

1.

ANÁLISIS DE LOS DATOS: § CONTEXTO SOCIAL § CONTEXTO ESCOLAR § CONTEXTO FAMILIAR § ALUMNADO

2.

MARCO TEÓRICO

3.

MARCO LEGAL

4.

PROPUESTA ACTUACIÓN: §

OBJETIVOS

§ COMPETENCIAS TRANSVERSALES.

CLAVE/ELEMENTOS

§

ACTIVIDADES/ACTUACIONES.

§

METODOLOGÍA

§

RECURSOS

§

TEMPORALIZACIÓN

§

CRITERIOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.

5.

CONCLUSIÓN

6.

BIBLIOGRAFÍA Y WEBS

7.

LEGISLACIÓN

1. ANÁLISIS DE LOS DATOS

CONTEXTO SOCIAL: Ciudad, Alicante. Consideramos que como ciudad grande tendremos acceso a una fácil coordinación por cercanía con Asociaciones, Centros de Salud (USMIJ), centros de rehabilitación , etc. CONTEXTO ESCOLAR: §

CENTRO: El centro cuenta con 11 grupos de ESO y 4 de bachillerato, como medidas de PAM: PMAR de 3º y PR4, no nos dan información de otras medidas de mejora como apoyos o grupos flexibles. Nos dicen como MEDIDAS DE CONVIVENCIA, un AULA de CONVIVENCIA y un EQUIPO DE MEDICACIÓN. Además, cuenta con un FPB de restauración.

§

RECURSOS PERSONALES: No nos dan datos, pero por el número de alumnos contamos con que habrá una maestra de Pedagogía Terapéutica y uno/a orientación educativa. Además, del profesorado de ámbito de PMAR adscritos a nivel funcional al departamento.No nos da información del profesorado, o el plan de formación anual del mismo (PAF). Hay porcentaje alto de profesorado interino de manera que será necesario invertir en formación y orientación a dicho profesorado.

CONTEXTO FAMILIAR: No hay información del contexto familiar del alumnado. ALUMNOS/AS: Los profesores realizan una reflexión final ante los problemas de convivencia que surgen a lo largo del primer trimestre. Desconocemos las respuestas a éstas situaciones durante el curso, se nos plantea intervención ante dichas situaciones. De manera que intervendremos con éstos grupos de primero para paliar los problemas de convivencia actuales y de manera preventiva, con los cursos de primero nuevos el próximo curso.

2. MARCO TEÓRICO

Orientación educativa como parte del proceso educativo dentro del marco teórico de orientación psicopedagógico por programas integrados (Vélaz de Medrano) caracterizada por ser una orientación proactiva, dirigida a todo el alumnado, interna al centro, continua, sistemática y planificada y de carácter abierta y flexible. Equidad en educación: Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

derivada de necesidades educativas especiales. El concepto entra dentro del modelo de necesidades educativas especiales y no dentro del modelo del déficit, cuyo objetivo no es tanto el diagnóstico sino ofrecer una respuesta educativa adecuada a sus necesidades. Dicha respuesta educativa responde a los principios de integración, normalización, personalización y sectorización. INCLUSIÓN EDUCATIVA/ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. Importancia del PAM y su regulación según la Resolución 20 agosto 2018. Decreto 104/2018, de inclusión educativa como base para la respuesta general a este supuesto, tendiendo en cuenta documentos de centro tales como PE, PADIE, PAM, PAT o PLAN DE Convivencia en educación: la importancia de medidas preventivas y proactivas de convivencia en los centros educativos tal y como establece la Orden 39/2008 de convivencia y el reciente Decreto de inclusión 104/2018.

3. MARCO LEGAL

§

§ §

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)Equidad en Educación, Cap.I Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Sección Primera: Alumnado que presenta necesidades educativas especiales, que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Decreto 39/1998 por el que se regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales. Orden 10 de marzo del 1995, funcionamiento y organización de los SPES.

§

Orden 16 de julio de 2001, por la que se regula la atención a la diversidad en los centros de educación primaria e infantil.

§

Orden de 15 de marzo de 2005, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales en secundaria. Donde nos hace referencia a los procedimientos de admisión de alumnos con dictamen (art.5), procedimiento para la detección de las nee (art. 10), entre otras. Orden de 15 de mayo de 2006, por la que se establece el modelo de informe psicopedagógico. Orden de 11 de noviembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la elaboración de los dictámenes de escolarización. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

§ § § §

Decreto 108/2014, currículo de Educación Primaria e infantil.

§

Decreto 233/97 de 2 de septiembre del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los IES. Funciones del D.O.

§

Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se regula la elaboración de las actuaciones del Plan de actuación para la mejora (PAM), en el curso 20182019. Decreto 46/2011 que regula el Plan de Transición Primaria/Secundaria.

§

§ §

Resolución de 13 de julio de 2018, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se dictan instrucciones para la organización de los servicios psicopedagógicos escolares y gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados, la elaboración de su plan de actividades y de su memoria durante el curso 2018-2019

§

Resolución de 27 de junio de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria durante el curso 2018-2019.

§

ORDEN 62/2014, de 28 de julio, por la que se actualiza la normativa que regula la elaboración de los planes de convivencia en los centros educativos de la Comunitat Valenciana y se establecen los protocolos de actuación e intervención ante supuestos de violencia escolar. DECRETO 30/2014, por el que se regula la declaración de Compromiso FamiliaTutor entre las familias o representantes legales del alumnado y los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

§

§

MUY IMPORANTE: si tuviéramos que resolver en la fecha actual dicho supuesto la normativa de atención a la diversidad, sería la nombrada anteriormente. Puesto que la reciente Orden 20/2019 ORDEN 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano, es de aplicación a partir del día 1 de septiembre de 2019

4. PROPUESTA ACTUACIÓN

OBJETIVOS: §

Identificar y dar respuesta la problemática de convivencia de los cursos.

§

Asesorar al centro sobre las medidas de convivencia preventivas necesarias.

§

Asesorar a las familias sobre las medidas de convivencia y fomentar su colaboración en la misma.

COMPETENCIAS CLAVE Y ELEMENTOS TRANSVERSALES: §

Competencia lingüística.

§

Competencia social y cívica.

§

Competencia para aprender a aprender.

§

Elementos T.: Equidad en educación, igualdad de oportunidades convivencia y educación cívica.

ACTIVIDADES (Organizadas en base a objetivos):

OBJETIVO 1: Identificar la problemática de convivencia de los cursos y dar una respuesta educativa. § Análisis del clima las aulas de los grupos mencionados, con el objetivo de identificar el tipo de relaciones y los diferentes roles en el aula. De ésta manera identificaremos diferentes perfiles: preferidos/rechazados, victimas/acosadores, líderes positivos/líderes negativos… A través de cuestionario/sociograma (Test BULL-S ). A través de entrevistas con alumnos y profesores del grupo. Observación en el aula. § Clasificación de la problemática, según lo que nos dice el supuesto, aparecen faltas graves (como la impuntualidad, no realizar los deberes, no uso de la agenda) como faltas muy graves (falta de respeto al profesorado, agresiones verbales entre alumnado, pequeños hurtos, destrozo de material escolar como puerta y mesas y mal uso de redes sociales). Por un lado, entendemos que una vez se produjeron dichos acontecimientos, siguiendo la normativa vigente (Decreto 39/08 y Orden 62/2014) y recogidas en el Plan de Convivencia del Centro, se aplicarían las medidas sancionadoras pertinentes y que estarán recogidas en el RRI. Aún así, deberemos promover medidas que eviten que dichas situaciones continúen

ocurriendo. Para ello, serán de aplicación los protocolos de dicha orden ante casos que perjudiquen a la convivencia del centro (en este caso, podríais especificar los pasos del protocolo si os da tiempo). Podríamos dividirlas en: §

Conductas contrarias a la convivencia y al aprendizaje activo: llegar tarde a clase, no entrar en clase cuando llega el profesor, no usar la agenda, no hacer los deberes.

§

Conductas muy graves contrarias a la convivencia: conductas desafiantes al profesorado, insultos verbales, mal uso de redes sociales/posible ciberacoso, pequeños hurtos y deterioro del mobiliario escolar.

Respuesta específica: §

Alumnado que reiteradamente comete faltas graves y muy graves, podremos utilizar el recurso del compromiso familiatutor, regulado por el Decreto 30/2014 por el que se regula la declaración de dicho compromiso con el objetivo de mejorar la convivencia y la colaboración familia-centro.

§

Puesta en marcha del protocolo de Ciberbullig que establece la Orden de 62/2014. Protocolo: detección e identificación ya realizado, constitución del equipo de intervención (equipo directivo, tutor/a, orientador/a, coordinador/a igualdad y convivencia), comunicación a la coordinación de convivencia y al PREVI, aplicación de medidas correctoras consensuadas (expediente disiplinario) e información de las medidas adoptadas a la familias. No nos dan datos específicos que pudieran determinar asesoramiento de centros especializados (SEAFI, USMIA…).

OBJETIVO 2: Asesorar al centro sobre las medidas de convivencia preventivas necesarias Además de la política sancionadora (que entendemos se aplicarían de acuerdo al RRI en el momento en que han ido ocurriendo) debemos fomentar una respuesta preventiva y de reflexión para que durante el curso estén dirigidas a evitar los problemas más frecuentes de convivencia de éstos grupos: Tenemos en cuenta que el centro cuenta con medidas de convivencia como aula de convivencia y mediación. Aún así, dados los datos del supuesto entendemos que éstas medidas deben ser revisadas e incluso valorar nuevas medidas. Todo ello, entendiendo nuestro trabajo en colaboración con la comisión de convivencia y que toda medida iría incorporada en el PLAN DE CONVIVENCIA DEL CENTRO que a su vez está en el P.E y debe estar aprobado: §

Propuesta al centro de la incorporación de TEI.

§

Propuesta al centro de profesor/tutor.

§

Propuesta al centro de observadores de convivencia.

§

Propuesta de actividades deportivas y de ocio durante el recreo.

§

Propuesta de ampliación de actividades dirigidas a la acogida en el centro y adaptación al mismo para el alumnado que viene de primaria (puesto que los conflictos presentados se dan en éste tipo de alumnado).

§

Integración de un programa de HABILIDADES SOCIALES en el PAT. Y uso de recursos para promocionar la convivencia de CIBERCONVIVE (Conselleria de educación)

Todas éstas propuestas implicarían: §

Información al profesorado de las mismas: a través de reuniones de CCP, reuniones de tutores. Con la colaboración de la Comisión de Convivencia y el Equipo de Mediación. A través de exposición, charla de centros con experiencia educativa en dichas vivencias, visualización de vídeos (TEI).

§

Formación al profesorado en las medidas que se aprobaran, puesto que para que éstas funcionen es imprescindible una buena formación. A través de cursos/charlas/seminarios impartidos por expertos, dentro del Plan de Formación del centro (PAF).

OBJETIVO 3: Asesorar a las familias sobre las medidas de convivencia y fomentar su colaboración en la misma.

§

Información a las familias de la situación de convivencia en dichos grupos. A través de charla/reunión grupal con los padres de dichos grupos.

§

Puesta en marcha con las familias de los alumnos/as que presenten conductas contrarias a la convivencia del compromiso familia-tutor/a.

§

Información de nuevas medidas de convivencia aprobadas: a través de charla/reunión grupal.

§

Información sobre colaboración familia-centro en cuanto a convivencia. Pautas para el seguimiento del comportamiento de sus hijos en el centro (a través de ÍTACA). Charla/reunión grupal. Firma de compromiso familia-tutor/a en casos puntuales.

METODOLOGÍA: § §

Comunicación y coordinación entre los diferentes profesionales. Atención individualizada al alumnado y familia cuando sea necesario, grupal en reuniones con el profesorado o charlas en el aula.

§ §

Abierta y flexible. Activa y preventiva. Directa e indirecta (a través del profesorado).

RECURSOS: §

Materiales: Planes nombrados: PE, PADIE, PAM, PIC, PAF, PAT, Plan Transición.. REICO: Banco de Recursos de Igualdad y Convivencia de Consellería de Educación. Test Socioescuela de REICO. Humanas, S.L. (Grupo ALBOR-COHS). Recursos Ciberconvive. Consellería de Educación. Programa Orientados. Protocolos de convivencia: ciberbulling y compromiso familia-tutor/a.

§

Personales: Colaboración con: jefe de estudios, coordinador ESO, coordinador/a de Igualdad y Convivencia (muy importante debido a que hay mucho contenido sobre convivencia e igualdad), AMPA y Delegación de alumno

TEMPORALIZACIÓN: §

Identificación de Propuesta de PAT: septiembre. La temporalización del PAT en sí, está incluida en las actividades. Un total de unas 26 sesiones, a las que habría que añadir las de POAP.

§

Asesoramiento al profesorado: septiembre general y a través de las reuniones de tutores/as se realiza un seguimiento continuo.

§

Asesoramiento a las familias: primer trimestre, inicio de curso.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN E INSTRUMENTOS/TÉCNICAS. §

§

Criterios de evaluación: §

Se Identificación de los problemas de convivencia en los grupos de primero.

§

Gestión de respuestas resolutivas y preventivas a dichos problemas de convivencia en el centro.

§

Información y participación de los padres en las medidas de convivencia.

Instrumentos de evaluación:

§

Observación directa, registro anecdótico, cuestionario de evaluación de atención a la diversidad dirigido a equipo directivo, profesorado y familia implicada.

5. CONCLUSIÓN

Este supuesto es un gran ejemplo de los problemas de convivencia que vienen ocurriendo en muchos de nuestros centros, de ahí la importancia de dar respuesta a esas necesidades que plantean los centros desde una perspectiva inclusiva, igualitaria y más preventiva que sancionadora. Para ello, la importancia de nuestra función como orientadores/as en el asesoramiento en los planes de convivencia e igualdad (PIC), promoviendo la participación y coordinación tanto de los distintos profesionales como de las familias. Con el objetivo de fomentar una desarrollo integral en el alumnado que conforme una sociedad igualitaria y pacífica, tal y como determina la LOMCE.

6. BIBLIOGRAFÍA Y WEBS

BISQUERRA, R. Y ÁLVAREZ, M. (2001). Concepto de orientación e intervención psicopedagógica. Modelos de orientación e intervención. Barcelona: Praxis. VÉLAZ DE MEDRANO, C. (1998). Orientación e intervención psicopedagógica. Concepto, modelos, programas y evaluación. Málaga: Aljibe. http://www.edu.gva.es

7. LEGISLACIÓN

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)Equidad en Educación, Cap.I Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Sección Primera: Alumnado que presenta necesidades educativas

especiales, que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Decreto 39/1998 por el que se regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales. Orden 10 de marzo del 1995, funcionamiento y organización de los SPES. Orden 16 de julio de 2001, por la que se regula la atención a la diversidad en los centros de educación primaria e infantil. Orden de 15 de marzo de 2005, por la que se regula la atención al alumnado con necesidades educativas especiales en secundaria. Donde nos hace referencia a los procedimientos de admisión de alumnos con dictamen (art.5), procedimiento para la detección de las nee (art. 10), entre otras. Orden de 15 de mayo de 2006, por la que se establece el modelo de informe psicopedagógico. Orden de 11 de noviembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la elaboración de los dictámenes de escolarización. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Decreto 108/2014, currículo de Educación Primaria e infantil. Decreto 233/97 de 2 de septiembre del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los IES. Funciones del D.O. Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se regula la elaboración de las actuaciones del Plan de actuación para la mejora (PAM), en el curso 2018-2019. Decreto 46/2011 que regula el Plan de Transición Primaria/Secundaria. Resolución de 13 de julio de 2018, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se dictan instrucciones para la organización de los servicios psicopedagógicos escolares y gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados, la elaboración de su plan de actividades y de su memoria durante el curso 2018-2019 Resolución de 27 de junio de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria durante el curso 2018-2019. ORDEN 62/2014, de 28 de julio, por la que se actualiza la normativa que regula la elaboración de los planes de convivencia en los centros educativos de la Comunitat Valenciana y se establecen los protocolos de actuación e intervención ante supuestos de violencia escolar. DECRETO 30/2014, por el que se regula la declaración de Compromiso FamiliaTutor entre las familias o representantes legales del alumnado y los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

MUY IMPORANTE: si tuviéramos que resolver en la fecha actual dicho supuesto la normativa de atención a la diversidad, sería la nombrada anteriormente. Puesto que la reciente Orden 20/2019 ORDEN 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano, es de aplicación a partir del día 1 de septiembre de 2019
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