MAPA CONCEPTUAL TERMINACION LABORAL

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TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DEL TRABAJO ART.53 LFT

TRABAJO TERMINACIÓN Este es una cuerdo de voluntades el cual no debe terminar en algún conflicto de ambas partes T+P

Bueno este en el art.53 de LFT nos dice que este es de acuerdo común y en caso de terminar se le debe otorgar al trabajador una indemnización al igual que si el patrón decide terminar la relación y si en caso de que no se encuentre la causa el trabajador puede pedir una reinstalación la indemnización. ART 48

SIENDO ESTAS SIENDO ESTAS

Estas son consideras

 Por consentimiento de ambas partes  Libre de expresión LAS CAUSAS DE TERMINACIÓN ART.53  Por muerte se deberá LFT cubrir la todas las prestaciones  Por terminación de obra o contrato  Por incapacidad física y mental  Por causas ajenas a la empresa 1. Cierre 2. Clausura 3. Reducción del personal

Existen otros factores

Que son

Recisión de la relación laboral. Es donde el patrón o trabajador podrá rescindir en cualquier momento y estancia de la relación del trabajo por algún motivo justificado y esta se divide en 1. Recisión por causa del patrón 2. Recisión por causa del trabajador

RECISIÓN POR CAUSA DEL PATRÓN

RECISIÓN POR CAUSA DEL TRABAJADOR

ES

ES

 Faltas de probidad u honradez  Falta de disciplina, insubordinación.  Ocasionar intencionalmente daños o perjuicios, materiales en edif.maquinaria, mat.prima etc.  Negligencia  Actos inmorales o de hostigamiento , acoso sexual  Alterar el orden



ENGAÑO DEL PATRON



FALTA DE HONRADEZ



REDUCIR EL PATRON EL SALARIO



NO RECIBIRLO EN FECHA Y LUGAR CONVENIDOS



SUFRIR DAÑOS EN SUS HERRAMIENTAS DE TRABAJO POR



PARTE DEL PATRON



NO TOMAR MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIEN



ATENTAR CONTRA LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR

Faltas que comete el trabajador 1. Revelar secretos de la fabrica 2. Tener faltas injustificadas y están podrán ser continuas o discontinuas y abarcan hasta 2 meses 3. Llegar en estado de ebriedad 4. Por falta de documentos etc.

Según el ART.52 de LFT dice  

Que el trabajador tiene derecho a dejar por 30 días máximo ante cualquiera de las causas anteriores Tiene también derecho a recibir su indemnización conforme al Art.50

1.

Por causa injustificada y tiempo determinado menor a un año, el salario será igual a la mitad de servicios prestados

2.

Por causa injustificada y tiempo determinado mayor a un año, el salario será importe de 6 salarios durante primer y 20 días por cada año

3.

Por causa injustificada y tiempo indeterminado el , el salario será 20 días por cada año prestado

Aviso de recisión

PRESTACIONES ADICIONALES QUE TAMBIEN PUEDEN OTROGARSE

DEBE SABER LOS MOTIVOS Y LA CAUSA Y ESTE DEBERA ENGTREGARSE AL MOMENTO Y SI NO 5 DIAS DESPUES. LA PRESCRIPCION CORRE CHASTA EL MOMENTO EN QUE EL TRABAJADOR RECIBE EL AVISO Y EN CASO DE NO SER PRESENTADA CUENTA COMO DESPIDO INJUSTIFICADO

a) b) c) d) e) f) g)

SEGURO DE GASTOS MEDICOS VALES DE GASOLINA,DESPENSA, CAJA DE AHORRO BONOS DE PRODUCTIVIDAD BECAS DE ESTUDIO DESCUENTYOS EMPRESARIALES ESTACIONAMIENTO.

En caso de no entregar significa que no ha terminado la relación de trabajo así el trabajador puede pedir si indemnización o su reinstalación

OTRAS FACTORES SON

Finiquito Es un documento en donde se pone fin a la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario, en el cual también se plasma la cantidad de liquidación adecuada. De acuerdo al ART.33 LFT SE HACE POR ESCRITO FIRMADO POR AMBAS PARTES Y 2 TESTIGOS. DEBE CONTENER LA RELACION DE TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS, DERECHOS PRESTACIONES E IMPORTES QUE CORRESPONDAN AL TRABAJADOR

     

SALARIO ANTIGÜEDAD AGUINALDO VACACIONES PRIMAS TIEMPO EXTRA ETC.

LIQUIDACIÓN Es la separación del trabajador del empleo sin causa justificada Cuando el trabajador solicita la REINSTALACIÓN y el patrón la acepta, no se paga liquidación alguna ya que continuara vigencia de la relación de trabajo, solo pagara los salarios caídos.

INDEMNIZACIÓN Despido Injustificado, antes de que transcurra el tiempo para que prescriba (dos meses), para ejercitar la demanda 1. posibles adeudos existentes por concepto de salarios devengados. 2. posibles adeudos por concepto de horas extras. 3. posibles adeudos existentes por días de descanso o descanso obligatorio laborados.

Conclusión de una relación de trabajo

RENUNCIA:

DESPIDO.

Manifestación por parte del TRABAJADOR en la que manifiesta al patrón su voluntad de dar por terminada la relación de trabajo.

El patrón declara al trabajador que se concluye su relación de trabajo, que prescinde de sus servicios. Si es SIN CAUSA JUSTIFICADA la responsabilidad es del patrón.

En este caso el PATRON solo paga al trabajador su sueldo adeudado y la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional.

Reinstalación o indemnización

SUSPENSIÓN Consiste en la interrupción temporal de la prestación de servicios personales subordinados por parte del trabajador y del pago del salario como obligación del patrón. Dicho de otro modo, el empleado no tiene obligación de trabajar y el empleador no está obligado a pagar, a menos que esté expresamente pactado en el contrato de trabajo. A través de la suspensión se otorga al trabajador suspendido, la posibilidad de reincorporarse al trabajo, una vez que concluyen las causas que le dieron origen CAUSAS  Enfermedad contagiosa del trabajador;  La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajO.  .La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria.  El arresto del trabajador.  La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes;   La Falta de los documentos que exijan las Leyes  La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad.  La licencia a que se refiere el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social.
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